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Sánchez Cabrera declara el estado de emergencia por las inundaciones en la ciudad

A través de decreto para paliar los efectos de las mismas

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Sánchez Cabrera declara el estado de emergencia por las inundaciones en la ciudad
Zona inundada en la zona sur de la ciudad de Ávila. (Foto: Raúl Sanchidrián/EFE)
Carlos Jiménez
Carlos Jiménez
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El alcalde de Ávila, Jesús Manuel Sanchez Cabrera, ha declarado el estado de emergencia ante la situación de inundaciones en la ciudad amurallada a través del siguiente decreto:

"Ante la situación de emergencia derivada de las inclemencias climatológicas con episodios de lluvias intensas que han provocado importantes inundaciones por desbordamiento del Rio Adaja y Río Chico, lo que ha motivado la declaración por la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León del nivel 2 de emergencia prevista en el Plan Especial de Protección Civil ante el riesgo de inundaciones (INUNCyL) y vistas las actuaciones necesarias acordadas en el seno del CECOPI en el que participa este Ayuntamiento en orden a paliar los efectos de aquellas inundaciones.

Considerando que el estado de los ríos y zonas afectadas requieren resoluciones inmediatas para la adopción de medidas eficaces y operativas para hacer frente a esta coyuntura, al tratarse de circunstancias extraordinarias que constituyen, indudablemente, una crisis de gran magnitud.

Considerando que, para afrontar esta situación, grave y excepcional, es indispensable la implicación de las Administraciones Públicas en general, pero de forma especial de nuestro Ayuntamiento, al ser la Administración más cercana a sus ciudadanos, lo que requiere de la adopción, con la premura que la situación exige y dentro de su ámbito competencial, de cuantas medidas sean precisas para contribuir a paliar esta situación.

Considerando, en consecuencia, que las circunstancias actuales aconsejan el poder adoptar con rapidez las decisiones precisas, máxime cuando los datos pluviométricos e hidrológicos y las predicciones meteorológicas permiten prever una extensión o agravación de aquellas lo que determina que se tenga que actuar de manera inmediata a causa de estos acontecimientos catastróficos que le confiere un carácter excepcional.

Por cuanto antecede, esta Alcaldía, en uso de las atribuciones conferidas por las disposiciones vigentes, HA RESUELTO:

Declarar el ESTADO DE EMERGENCIA ante la situación de inundaciones que padece el municipio, lo que conllevará en el estricto ámbito competencial del Ayuntamiento y al amparo del régimen excepcional previsto en el artículo 120.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, lo siguiente:

1.- Se podrá ordenar la diligencia de cuantas actuaciones y trámites resulten necesarios para paliar la situación, ejecutando lo necesario para afrontarlo, combatir sus efectos y en su caso remediarlos, así como satisfacer las necesidades sobrevenidas, incluyendo la ejecución material de las actuaciones precisas, pudiendo contratar libremente su objeto, en todo o en parte, sin sujetarse a los requisitos formales establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público, sin perjuicio de su debida motivación, justificación del coste y aprobación singular. En caso de que no exista crédito adecuado y suficiente, una vez adoptado el acuerdo, se procederá a su dotación de conformidad con lo establecido en la normativa presupuestaria.

2.- El plazo de inicio de la ejecución de las prestaciones, con carácter general no podrá ser superior a un mes, contado desde la adopción del acuerdo previsto en el ordinal anterior, salvo aquellas que por su entidad, necesidad y gravedad deban operarse inmediatamente.

3.- Ejecutadas las actuaciones objeto de este régimen excepcional, se observará lo dispuesto en Ley de Contratos del Sector Público sobre cumplimiento de los contratos, recepción y liquidación de la prestación.

4.- Se incluye expresamente la posibilidad de libramiento de los fondos necesarios a justificar, para lo que transcurrido el plazo establecido, se rendirá la cuenta justificativa del mismo, con reintegro de los fondos no invertidos.

5.- Las restantes prestaciones que sean necesarias para completar la actuación acometida por la Administración y que no tengan carácter de emergencia se contratarán con arreglo a la tramitación ordinaria regulada en Ley de Contratos del Sector Público.

Dése cuenta del contenido del presente a los servicios municipales concernidos y a la Junta de Gobierno Local, en la primera sesión que celebre".

Suspensión partidos

La Cubierta Multiusos y la pista de skate de la ribera del Adaja se encuentran cerradas al público por inundación, al igual que el campo de fútbol de la Ciudad Deportiva en la zona sur de la capital abulense.

Si se encuentran abiertos los campos de Sancti Spiritu, el Centro de Usos Múltiples Carlos Sastre y las pistas de atletismo de la Ciudad Deportiva.

Además, se ha suspendido el partido amistoso de fútbol de veteranos entre el Real Ávila y la Unisón Deportiva Salamanca que se iba a disputar este domingo 23 de marzo en la Ciudad Deportiva, al igual que la jornada de atletismo de los Juegos Escolares.

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