Herida una persona tras descontrolarse los bueyes de la Cabalgata de Arenas

El PSOE de la localidad pide responsabilidades al equipo de Gobierno por "saltarse la Ley 7/2023 de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales"

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Herida una persona tras descontrolarse los bueyes de la Cabalgata de Arenas
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Javier Ruiz-Ayúcar
Javier Ruiz-Ayúcar
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Una persona ha resultado herida en un brazo durante la Cabalgata de Reyes celebrada el sábado en Arenas de San Pedro cuando los bueyes que desfilaban se han descontrolado a causa de la pirotecnia, según denuncia el PSOE de la localidad.

Los socialistas indican en su perfil de una red social que "cuando la cabalgata discurría por la calle principal de Arenas los bueyes han salido corriendo, asustados por el sonido de los petardos y el bullicio de las personas que se encontraban viéndola, con el consiguiente peligro para todos los allí presentes, en especial para los menores, que lloraban asustados al ver a los animales descontrolados".

Esta formación manifiesta que "el Equipo de Gobierno dirigido por Juan Carlos Sánchez Mesón (PP) ha tenido la gran idea de saltarse la Ley 7/2023 de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales en la cabalgata anticipada de Reyes en Arenas de San Pedro", y recuerda que según recoge el artículo 65 de dicha ley "se prohíbe el uso de animales en romerías y eventos feriados en los que se haga uso de elementos pirotécnicos".

El PSOE arenense subraya que "la Ley de Bienestar Animal está para cumplirse", y exige "que se depuren responsabilidades por la contratación de animales para la cabalgata aún cuando no se cumplían con los requisitos legales".

Celebran que "afortunadamente, todo ha quedado en un gran susto", y desean una pronta recuperacion a la persona herida, insistiendo en que "todo esto viene derivado de una enorme irresponsabilidad que nos podía haber ocasionado un gran disgusto".

3 Comentarios

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luis de castro redondo 1/7/2025 - 9:35:06 PM
ccNo acabo de entender a que artículo 7 se refiere el alcalde para negar la comisión de un ilícito; pero de lo que estoy seguro es que no es el artículo 7 de la Ley 7/2023 , de 28 de marzo, de Protección de los Derechos y Bienestar de los Animales , que considera en su artículo 65 que se infringe la Ley cuándo se trata al animal de manera incompatible con su bienestar: nos encontramos ante un concepto jurídico indeterminado y será la interpretación judicial quien decida si hubo comisión de un ilícito ( o varios) en un evento en que hubo piroctenía como se lee en el artículo y en dónde se produjo lesiones a una persona adulta por la embestida de los bueyes ( ¿que hubiera ocurrido si el golpe hubiera recaido en un niño en un carrito? No hay nada que temer nadie va a presentar denuncia y menos Rivas Fraile que recomienda al alcalde como el alcalde anuncia que va actuar. Dejando la cuestión legal ( la Izquierda en Arenas tiene doctores que saben de derecho más que este forero, o no) y yendo a la ocurrencia de meter cuatro bueyes en una cabalgata, “error en el lenguaje de alcalde” que en mí larga vida nunca había visto ni oido en Arenas o en cualquier otro lugar que el alcalde promete no repetir; pero eso sí no descarta llevar en próximas cabalgatas otros animales: espero que no sea una bandada de gansos que piquen a los niños y a los bajitos. Como al contrario de lo que afirma el alcalde no fue un error sino algo muy graveéste debe cesar al concejal de fiestas que organizó el evento que dio lugar a la estampida e iniciar un procedimiento disciplinario al funcionario responsable de la cabalgata. Si no este asunto perseguirá al PP provincial como el de Vita que lleva ya años.
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usuario anonimo 1/6/2025 - 11:32:35 PM
Se debería presentar la correspondiente denuncia contra el ayuntamiento de Arenas por incumplir la ley.. Así de fácil
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luis de castro redondo 1/5/2025 - 6:57:53 PM
En fin no voy a ser yo quien explique a estos chicos y chicas "teoría del derecho", sobre todo lo que ocurre cuando se infringe una ley o una norma administrativa y este caso saber si ha ocurrido, teniendo en cuenta el concepto jurídico indeterminado de que "mantenga al animal de forma incompatible con su bienestar o inmovilizado durante la duración del evento" es ante todo una asunto de la Jurisprudencia y sin ser fuente del derecho de la Doctrina.
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