Un Real Decreto limitará los fritos y precocinados y prohibirá las bebidas energéticas en las máquinas expendedoras de los colegios
Los colegios deberán incorporar los nuevos menús saludables de los comedores durante el próximo curso
El decreto establece su entrada en vigor a partir de abril de 2026, aunque establece dos años para determinados criterios que deben cumplir los comedores escolares
Los colegios deberán adaptarse a los nuevos menús más saludables que contempla el decreto aprobado por el Gobierno a lo largo del próximo curso 2025-2026, para que puedan cumplir con los contratos de suministros ya cerrados.
El Boletín Oficial del Estado publica este miércoles el decreto de Comedores Escolares Saludables y Sostenibles elaborado por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 y señala que su entrada en vigor será a los doce meses de su publicación, es decir a partir del 16 de abril de 2026, aunque establece dos años para determinados criterios que deben cumplir los comedores escolares, según informa EFE.
En este sentido, establece veinticuatro meses, es decir hasta el 16 de abril de 2027, para que al menos el 45% de las raciones de frutas y hortalizas que se oferten sean de temporada o para que al menos el 5% del total del coste de adquisición de alimentos ofertados sean de producción ecológica. Los centros también tendrán más margen para adquirir alimentos agrícolas, marinos y de la acuicultura que tengan certificaciones o distintivos de sostenibilidad y que garantizan que son respetuosos con el medioambiente.
En el mismo sentido, el decreto otorga hasta 24 meses de adaptación para reducir la generación de residuos y desperdicio alimentario, con la recogida separada para su posterior reciclado, y para que los colegios den prioridad a técnicas culinarias más saludables como horno, vapor, hervido, plancha, sofritos y salsas de tomate, frente a otras como frituras, rebozados, y preparaciones con otras salsas.
De esta forma, la nueva normativa "prevé una entrada en vigor diferida para determinados criterios cuyo cumplimiento por parte de los centros educativos puede presentar mayores dificultades".
Establece el plazo de dos años "suficiente para que los contratos de suministros de alimentos puedan adaptarse a las nuevas disposiciones". También para que el aceite de las ensaladas sea de oliva virgen o virgen extra y para que el de cocinar y freír sea preferentemente de oliva o aceite de girasol alto oléico.
El uso de sal yodada y de concentrados de caldo u otros potenciadores del sabor deben adquirirse con un 25% reducido en sal.
"Se trata que los centros puedan cumplir con sus contratos cerrados que en algunos casos se renuevan cada trimestre y que a lo largo del curso que viene se vayan adaptando", inciden a EFE fuentes del Ministerio de Consumo.
La nueva ley que promueve el consumo de fruta y verdura fresca todos los días, de pescado entre una y tres veces a la semana y limita el consumo de fritos y elimina la bollería industrial, también obligará a favorecer el acceso al agua mediante la implantación de fuentes en espacios comunes y de recreo. De esta forma lo estipula el texto del decreto publicado en el BOE que también añade que las carnes solo se podrán ofrecerse como máximo tres veces a la semana y una ración como máximo de carne roja, según informa EFE.
El decreto advierte de controles oficiales y avisa de que su incumplimiento podrá ser objeto de sanción por parte de la administración competente.
"Lo dispuesto en el presente real decreto no podrá suponer un incremento del coste total del menú para las familias", recalca el texto de la ley tras insistir en que "el comedor escolar es una pieza clave para reducir la pobreza infantil, además de ser en muchas ocasiones el único recurso que tienen muchos niños, niñas y adolescentes para acceder a una comida saludable al día", informa EFE.
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