La cita se ha celebrado en el Polideportivo Pilar Fernández Valderrama de Valladolid
La Audiencia Provincial de Ávila ha condenado a la médico de familia, A.R.R., a 2 años de cárcel y 6 de inhabilitación absoluta para ejercer su profesión, por un delito de descubrimiento de secretos de carácter personal de especial trascendencia -salud- por funcionario público, al acceder en tres ocasiones al historial de su compañera O.E.G.J., sin su consentimiento, ni justificación.
Esta sentencia ha sido hecha pública por el presidente del tribunal, Javier Encinar, durante el juicio celebrado este miércoles, tras el acuerdo de conformidad alcanzado por las partes, que también incluye que la condenada no entre en prisión, con la condición de que durante los dos años de condena no delinca.
Dicho acuerdo también incluye una multa de 15 meses, a razón de 4 euros diarios, así como el pago de 50.000 euros en concepto de responsabilidad civil, descontando los 5.620 ya abonados, que han motivado la aplicación de la "atenuante muy cualificado de reparación del daño" antes de la celebración del juicio, según ha explicado a los periodistas el fiscal jefe de Ávila, Francisco Javier Rojo.
La condenada, que se ha comprometido a abonar la cantidad restante en el plazo de 10 días hábiles, se ha mostrado "conforme" en los términos del acuerdo alcanzado por las partes, lo que ha hecho que el juicio se haya prolongado en torno a veinte minutos.
Dicho acuerdo rebaja los 2 años y 7 meses de prisión y los 9 años de inhabilitación para ejercer la profesión médica que inicialmente solicitaba para esta médica el Ministerio Fiscal, mientras que la acusación particular pedía 4 años de cárcel y 12 de inhabilitación absoluta, frente a la absolución de la defensa.
La sentencia, que ya es firme, se produce como consecuencia de los accesos que la condenada realizó al historial de su compañera O.E.G.J., a través del sistema 'Medora', los días 22 de enero, 26 de julio y 21 de noviembre de 2020.
Tanto A.R.R., como O.E.G.J., eran compañeras en un centro de salud abulense y el acceso al historial médico de la segunda, que se encontraba en situación de incapacidad temporal, se produjo sin que la acusada fuera médico asistencial de la denunciante.
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