El Gobierno destina 540 millones al cheque y prevé que beneficie a 2,7 millones de personas
Convocada la Tarifa Plana Plus de ayuda a autónomos: cuantía, plazos y requisitos
La Junta aumenta en 360 euros la ayuda por trabajador autónomo
La Consejería de Industria, Comercio y Empleo ha convocado la Tarifa Plana Plus para la consolidación del trabajo autónomo mediante el pago de las cuotas de la Seguridad Social, con ayudas por valor de 1,13 millones de euros. Este año, la Tarifa Plana Plus aumenta en 360 euros la ayuda por trabajador autónomo, y se permite a la persona trabajadora por cuenta propia el pago de las cuotas durante los seis meses subvencionables.
De esta manera, un trabajador de alta en RETA, la cuantía pasa de 493,02 euros que percibía con la anterior subvención a 853,0 euros, lo que supone un incremento del 70 por ciento en la cuantía subvencionada por trabajador (en el caso de trabajadores en régimen especial agrario, se pasaría de los 240,36 en 2021 a 540,36 en 2022). Esto significa que, durante los seis meses que dura la ayuda, la Junta de Castilla subvenciona prácticamente el 100% de la cuota.
Las personas beneficiarias de las ayudas serán aquellas personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos que hayan estado acogidos a los 'Incentivos y medidas de fomento y promoción del Trabajo Autónomo' durante los meses establecidos en los apartados 1 o 3 de los artículos 31, 31 bis, 32 y 32 bis de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo, siempre que coticen por la base mínima que les corresponda.
La convocatoria establece dos plazos de solicitud en función de las fechas de alta respectivas. Por un lado, del 26 de julio al 31 de agosto de 2022, para las altas producidas del 2 de junio de 2020 al 31 de enero de 2021, ambos inclusive, en aquellas personas acogidas al disfrute de la reducción durante 12 meses y para las altas producidas del 2 de junio de 2019 al 31 de enero de 2020, ambos inclusive, en aquellas personas acogidas al disfrute de la reducción durante 24 meses.
Del 3 al 30 de octubre de 2022, para las altas producidas del 1 de febrero de 2021 al 31 de marzo de 2021, ambos inclusive, en aquellas personas acogidas al disfrute de la reducción durante 12 meses y para las altas producidas del 1 de febrero de 2020 al 31 de marzo de 2020, ambos inclusive, en aquellas personas acogidas al disfrute de la reducción durante 24 meses.
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