La Sala Primera de lo Contencioso-Administrativo entiende que el Ayuntamiento excedió sus competencias a la hora de prohibir los locales en el núcleo urbano
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León dictó una sentencia el pasado 9 de septiembre en la que aplica el régimen urbanístico del "suelo rústico con protección natural" a un suelo categorizado por las normas urbanísticas de la localidad abulense de Mingorría como suelo rústico común, por lo que el territorio queda protegido a efectos urbanísticos.
De hecho, y según afirma la Federación de Ecologistas en Acción de Castilla y León en un comunicado remitido a Ical, en el que da a conocer la sentencia, la consecuencia inmediata es que se considera que el uso de la planta de tratamiento y reciclado de materiales de construcción es un uso prohibido, por lo que desestima la demanda de la empresa, que exigía que fuera autorizado por el Gobierno regional.
La sentencia llega tras el recurso presentado en 2018 por Federación Ecologistas en Acción de Castilla y León ante la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Ávila, que autorizó la construcción de la planta en suelo rústico común de Mingorría. De hecho, la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta dio la razón al recurso de Ecologistas en Acción y revocó la autorización con base en dos motivos: la falta de publicación del expediente en la web municipal y la inexistencia de valoración del interés público de la planta en ese suelo rústico.
Sin embargo, la empresa presentó recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que motivó la sentencia en la que, además de atender los dos argumentos ya esgrimidos por la Junta, añade que el suelo donde se proyectaba la planta se encuentra dentro de la Red Natura 2000, y que se ha de aplicar el régimen de protección mínima del Reglamento de Urbanismo de la Comunidad Autónoma para el suelo rústico con protección natural.
Ecologistas en Acción celebra la sentencia porque obliga a los municipios que sustenten áreas protegidas por la Red Natura 2000 a que apliquen sobre estos suelos el régimen urbanístico del suelo rústico con protección natural, contenido en la legislación urbanística, sin esperar a la modificación o revisión del planeamiento urbanístico.
Además, la Federación Ecologistas en Acción de Castilla y León considera que los efectos de esta sentencia, anudados a la realizada por el Tribunal Constitucional del 13 de noviembre de 2019 que obliga a proteger el suelo incluido dentro de la Red Natura 2000, "se puede hacer extensible y servir de pauta a todas las comunidades autónomas".
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