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Condenado a 9 años por agredir sexualmente a su sobrina menor
La víctima en aquel momento tenía 15 años y el condenado además la tendrá que indemnizar con 10.000 euros
La Audiencia de Ávila ha condenado a nueve años de prisión a un hombre por un delito de agresión sexual cometido a finales del verano de 2020 contra su sobrina política, que en aquel momento tenía 15 años, a la que tendrá que indemnizar con 10.000 euros.
Además, el hombre, que entonces tenía 37 años, no podrá aproximarse a la joven a menos de 500 metros de "su lugar de residencia, estudios o cualquier otro donde pudiere hallarse, así como comunicar con ella por cualquier medio" durante catorce años, según el fallo dado a conocer por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
Igualmente, el tribunal condena al hombre a una pena de dieciséis años de inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidos, que conlleve contacto regular y directo con personas menores de edad.
Asimismo, tras cumplir la pena privativa de libertad, el condenado permanecerá en libertad vigilada durante cinco años.
Contra esta sentencia de la Audiencia Provincial de Ávila, cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
Durante el juicio, tanto la fiscalía como la acusación particular habían pedido quince años de prisión y 10.000 euros de indemnización para la víctima, mientras que la defensa solicitó la absolución de su defendido, quien negó durante la vista oral haber mantenido contacto sexual con quien era menor de edad en aquel momento.
Los hechos tuvieron lugar una noche al final del verano de 2020, cuando el acusado, que en aquel momento estaba en proceso de separación de su mujer y tía de la joven, quedó con su sobrina política, que entonces estaba en un centro de menores, y dos amigos de ella.
Después de recogerlos en su vehículo, bebieron cervezas y fumaron porros, según el acusado, quien ha admitido saber que ella era menor de edad, aunque no que tuviera 15 años.
Tras marcharse los dos amigos, el acusado y la supuesta víctima se dirigieron a una zona próxima al centro, donde siguieron bebiendo y hablando de la situación sentimental de ambos: la joven lo había dejado con su novio y él estaba en proceso de separación, por lo que quiso mostrarle su apoyo en ese momento.
El fallo considera probado que el condenado sabía que la víctima tenía 15 años cuando se produjeron los hechos y que conocía a la menor desde que era niña, de ahí que supiera "cuándo cumplía años", tras la "estrecha" relación "familiar" entre ambos, derivando en una "relación de superioridad".
Según la sentencia, "el acusado, que tenía 37 años cuando ocurren los hechos, se aprovechó de aquellas circunstancias y de la situación y ambiente por él mismo creado para cometer los hechos, facilitando conscientemente su comisión, pues condujo el vehículo hasta un lugar poco transitado, bebió alcohol y consumió drogas junto con la menor, creando un clima de relajación y de confianza en esta, propicio para consumar sus propósitos libidinosos".
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