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La Junta avisa a los agricultores de las medidas a tomar para prevenir el zabro en los cultivos

Tratamiento fitosanitario y otras medidas preventivas para sucesivas campañas: rotación de cultivos, retrasar la siembra y laboreo del terreno

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 La Junta avisa a los agricultores de las medidas a tomar para prevenir el zabro en los cultivos
Cereales, trigo | Foto: Europapress
Teresa Sánchez
Teresa Sánchez
Lectura estimada: 2 min.

El Observatorio de Plagas y Enfermedades Agrícolas de Castilla y León ha emitido un aviso a los agricultores de la posible presencia de zabro en cultivos de cereal como la cebada o el trigo. Dicho organismo, dependiente del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León (Itacyl) y, por tanto, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, ha detectado ya algunos casos de la actuación de este insecto cuyas larvas pueden ocasionar daños en dichos cultivos.

Además, advierte el Observatorio, los condicionantes climáticos otoñales han resultado favorables para la aparición de larvas de zabro, por lo que recomienda a los agricultores una especial vigilancia de sus parcelas, así como consultar la ficha de apoyo técnico emitida para que sepan cómo hacerlo. Pueden consultar estas instrucciones en la página web: https://plagas.itacyl.es/zabro

Atención especial deberán tener en aquellas zonas con antecedentes de zabro en campañas anteriores, como son las comarcas de Arlanza, Arlanzón y Pisuerga, en la provincia de Burgos; Campos y el Cerrato, en Palencia; Arcos de Jalón y Gómara, en Soria; Centro y Sureste, en Valladolid; y Campos Pan, en Zamora.

TRATAMIENTO FITOSANITARIO

El zabro (Zabrus tenebrioides) es un insecto coleóptero cuyas larvas pueden ocasionar daños en los cereales, siendo el periodo entre nascencia y encañado el de mayor riesgo. La sintomatología típica se asocia a que se alimentan del parénquima foliar respetando la nervadura, lo que provoca un aspecto de deshilachado en las hojas muy característico.

En el caso de observar presencia de esta plaga, el umbral de tratamiento fitosanitario está establecido cuando entre nascencia y el estado de tres hojas se observen 10-15 plantas dañadas/m2 en cebada, 8-10 en el caso del trigo. El posible tratamiento se debe realizar al amanecer o al atardecer, cuando más actividad tienen las larvas. En cualquier caso, se debe utilizar únicamente productos autorizados e inscritos en el Registro Oficial de Productos Fitosanitarios.

En cuanto a medidas preventivas a considerar en campañas sucesivas tras la detección de zabro, se citan: la rotación de cultivos, evitando siembras de cereal sobre cereal (si es viable, no sembrar cereal incluso, al menos, en un par de años); retrasar al máximo la fecha de siembra; laboreo del terreno para la eliminación del rastrojo y el ricio (preferible con volteo para la exposición de las larvas al exterior).

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