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En España hay 3.344 núcleos de población que no son ni ciudades ni pueblos ni municipios, de ellos 2.208 en Castilla y León. Son entidades locales menores, es decir, agrupaciones urbanas que forman parte de un municipio pero pueden ejercer algunas competencias de manera independiente.
Este 28M, los vecinos de estos núcleos urbanos acudirán también a las urnas y elegirán a sus representantes.
En concreto, en Castilla y León se convocan elecciones a alcaldes pedáneos en dos entidades locales de Ávila, 643 en Burgos, 1.226 en León, 223 en Palencia, 19 en Salamanca, 17 en Segovia, 55 en Soria, 9 en Valladolid y 14 en Zamora.
¿PARA QUÉ SIRVEN Y QUÉ COMPETENCIAS TIENEN?
Según la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, las entidades locales menores se crean para la administración descentralizada de núcleos de población separados, por lo que sirven para que puedan administrar sus bienes y su patrimonio de manera independiente.
Las competencias de estas agrupaciones urbanas dependen de la regulación de cada comunidad autónoma y se pueden encargar, por ejemplo, de la conservación de bienes de uso y servicio público -como los caminos rurales o ciertos edificios- o de la vigilancia y limpieza de vías urbanas, fuentes o abrevaderos.
Pero aunque puedan gestionar estos servicios, estos núcleos urbanos no son totalmente autónomos, ya que no están separados plenamente del municipio del que son parte.
Es decir, sus residentes lo son también del municipio, su territorio forma parte del término municipal y en la actuación de sus órganos de gobierno ha tenido tradicionalmente un amplio margen de intervención el ayuntamiento o corporación municipal.
¿QUÉ NOMBRES RECIBEN Y CÓMO SE PUEDEN CREAR?
Según indica el portal Rendición de Cuentas -una iniciativa del Tribunal de Cuentas- estas entidades reciben diferentes nombres dependiendo de la comunidad autónoma.
Por ejemplo, en Cataluña reciben el nombre de "entidades locales descentralizadas"; en Navarra, "concejos"; en Asturias, "parroquias rurales", y en otras regiones se las conoce como pedanías, juntas vecinales, caseríos, aldeas, barrios o anteiglesias.
Además, a todas ellas se las conoce también como entidades de ámbito territorial inferior al municipio (EATIM).
Hay ciertos requisitos para que se puedan crear estas agrupaciones. Como explica la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), las entidades locales menores solo se podrán constituir cuando sean la opción más eficiente para la administración descentrada de núcleos de población separados.
¿DÓNDE SE ENCUENTRAN?
Según el Ministerio de Hacienda, la autonomía en la que hay más entidades locales menores es Castilla y León, seguida de Cantabria, Castilla-La Mancha, Navarra y País Vasco.
Por el contrario, las regiones en las que hay un menor número de ellas son La Rioja, Madrid y Baleares. En Canarias, Murcia y las ciudades autónomas no hay.
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