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Abierto el plazo para 'Conciliamos Navidad': Requisitos, cuotas y exenciones

Las solicitudes, para alumnos de entre 3 y 12 años, pueden presentarse desde hoy, 24 de noviembre, y hasta el 1 de diciembre

Abierto el plazo para 'Conciliamos Navidad': Requisitos, cuotas y exenciones
Programa Conciliamos (Foto: Ical)
Teresa Sánchez
Teresa Sánchez
Lectura estimada: 3 min.

Progenitores, tutores y acogedores de menores con edades comprendidas entre 3 y 12 años ya pueden solicitar plaza para el programa 'Conciliamos en Navidad', que se desarrollará los días laborables comprendidos entre el 23 de diciembre de 2022 y el 8 de enero de 2023, de 7.45 a 15.15 horas, siendo de asistencia mínima y obligatoria la franja entre las 10.00 y las 13.00 horas.

Este programa, que tiene por objeto prestar un servicio de atención lúdica a los alumnos escolarizados durante las vacaciones navideñas con la finalidad de favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, se desarrolla en colaboración con entidades locales de las nueve provincias de Castilla y León y es cada entidad local quien determina las instalaciones donde tienen lugar las actividades.

El programa se celebrará siempre que el número de niños sea de 15 en municipios de más de 20.000 habitantes; ocho en municipios de entre 20.000 y 3.000 habitantes; y cinco en municipios de menos de 3.000 habitantes. Para determinar el número de usuarios requerido solo se tendrán en cuenta las solicitudes válidamente presentadas, pudiendo reducirse el referido número mínimo en el caso de concurrencia de especiales circunstancias que lo justifiquen.

La solicitud se cumplimentará a través de la sede electrónica de la Junta de Castilla y León , donde estarán disponibles también la relación de las entidades locales que participan en el programa y la relación de las entidades financieras en las que hacer efectiva la cuota correspondiente.

REQUISITOS 

El programa 'Conciliamos en Navidad 2022' se dirige a familias, personas tutoras o acogedoras con niños a su cargo de entre 3 y 12 años cumplidos a la fecha de inicio, pudiéndose aumentar hasta los 14 años cuando se trate de menores con necesidades específicas de apoyo educativo -ACNEAE- escolarizados en centros ordinarios del sistema educativo. También se podrá solicitar plaza para menores que participen en programas de acogida temporal en familias castellanas y leonesas con los límites de edad anteriormente señalados.

Los progenitores, personas tutoras o acogedoras de los menores deberán encontrarse en alguna de las siguientes situaciones: desarrollar una actividad profesional durante los días de vacaciones escolares de la Navidad del año 2022; realizar actividades formativas impulsadas por el Servicio Público de Empleo o la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, para la inserción socio-laboral, durante el período de funcionamiento del programa y en la franja horaria para la que se solicita el programa; presentar un grado de discapacidad igual o superior al 65 % o deber atender a familiares de primer grado de consanguinidad o afinidad con, al menos, dicho grado de discapacidad; tener reconocido el carácter de cuidadores familiares de personas dependientes; padecer enfermedad grave y/o que deban seguir tratamientos médicos que imposibiliten el cuidado de sus hijos; o acreditar su participación en un proceso selectivo para el acceso a cualquier Administración Pública.

En el caso de residentes en municipios de menos de 3.000 habitantes, también podrán solicitar el programa los progenitores, personas tutoras o acogedoras que además del hijo para el que se solicita el programa, tengan que atender a otro menor o menores de edad comprendida entre 0 y 3 años.

Además, el menor para el que se solicita plaza en el programa y, al menos, uno de los progenitores, personas tutoras o acogedoras, deberán estar empadronados en alguno de los municipios de la Comunidad en el momento de formular la solicitud, pero no se exigirá el empadronamiento a los menores acogidos temporalmente.

CUOTAS Y EXENCIONES 

La Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades de la Junta de Castilla y León mantiene un año más las cuotas de dicho programa, que se determinará en función de la capacidad económica familiar y será el resultado de multiplicar la cuota diaria que se señala a continuación por el número de días laborables que contenga cada semana en las que se divide el período de Navidad: capacidad económica familiar de hasta 9.000 euros, está exento de abono de cuota; desde 9.000,01 euros y hasta 18.000 euros, pagará 4 euros al día; y más de 18.000 euros, abonará seis euros diarios.

Asimismo, estarán exentos del abono de la cuota, entre otros, las familias numerosas de categoría especial; los menores que estén bajo medidas de protección a la infancia de esta Comunidad o de otras nacionalidades que participen en programas de acogida temporal en familias de Castilla y León; las víctimas del terrorismo; y los hijos de las víctimas de violencia de género. Las familias numerosas de categoría general tendrán una bonificación del 50 % de la cuota. Además, en el supuesto de que dos o más menores de la misma unidad familiar sean usuarios del programa, el segundo y siguientes tendrán una bonificación del 25 % de la cuota, que se aplicará sobre el importe de menor cuantía en aquellos casos en los que las cuotas sean diferentes. Esta bonificación no procederá en el caso de que se haya aplicado la bonificación para familias numerosas de categoría general o cuando alguno de ellos esté exento de cuota.