El detenido en León contrató varias líneas de teléfono a nombre de otras personas de León y Asturias. También se investiga a su pareja
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día 21 de junio de 2021 a las 9:00 horas hasta el día 19 de julio de 2021 a las 24 horas.
¿Quién lo debe solicitar? Personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos a título principal, que cumplan los requisitos.
Requisitos a cumplir:
1. Pertenecer a los sectores comerciales, industriales, de servicios, profesionales y análogos, que estén comprendidos en alguno de los epígrafes del IAE (indicados en el archivo Anexo), a fecha 14 de marzo de 2020, manteniéndose en alta el día que presente la solicitud.
2. Pertenecer al sector de discotecas y resto de establecimientos de ocio nocturno en los que se desarrollen actividades de ocio y entretenimiento (Discotecas, salas de fiesta, pubs y karaokes, bares especiales, ciber-café, café cantante, bolera, salas de exhibiciones especiales y locales multiocio), a fecha 14 de marzo de 2020, manteniéndose en alta el día que presente la solicitud (actividades contempladas en el Apartado B.5 del catálogo de espectáculos públicos y actividades recreativas que se desarrollen en establecimientos públicos, instalaciones y espacios abiertos de la Comunidad de Castilla y León, recogidos en la Ley 7/2006, de 2 de octubre, de espectáculos públicos y actividades recreativas de la comunidad de Castilla y León).
Los beneficiarios deberán cumplir también los siguientes requisitos:
a) Estar dado de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos a fecha de prestación de la solicitud.
b) Tener el domicilio fiscal en un municipio de la Comunidad de Castilla y León.
c) Estar empadronado en un municipio de la Comunidad de Castilla y León.
d) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado y de la Comunidad de Castilla y León, y frente a la Seguridad Social.
e) Cumplir la normativa sobre integración laboral de las personas con discapacidad, conforme el artículo 3 del Decreto 75/2008, de 30 de octubre, o la no sujeción a la misma o en su caso la exención de dicha obligación en los términos previstos en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad.
No podrán tener la condición de beneficiarios de la subvención las personas físicas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Igualmente, no podrá tener la condición de beneficiario de la subvención quien no cuente con un plan de igualdad, si están obligados a ello, conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad de hombres y mujeres.
¿Para qué es la ayuda? Mantenimiento y consolidación de la actividad para contribuir a reactivación de los sectores afectados por el impacto económico que ha generado la pandemia provocada por la COVID 19.
Cuantía: La cuantía de la subvención a percibir por beneficiario será de 3.000 euros, excepto para los beneficiarios que pertenezcan al sector de discotecas que será de 8.000 euros.
¿Qué documentos necesito? Solicitud, en modelo normalizado, acompañada de la documentación señalada a continuación, digitalizada como archivo a la misma.
En el caso de trabajadores por cuenta propia o autónomos pertenecientes a comunidades de bienes, sociedades mercantiles o personas jurídicas,únicamente podrá solicitar la subvención uno de sus miembros, indicando dicha circunstancia en la solicitud.
Adicionalmente, al ser financiadas como parte de la respuesta de la Unión Europea a la pandemia de la Covid-19 con recursos adicionales de la Unión Europea incorporados al Programa Operativo de Castilla y León 2014-2020, los solicitantes deberán cumplimentar además el cuestionario de indicadores disponible en el formulario de solicitud.
Plazo de resolución: El plazo máximo para resolver y notificar será de 3 MESES desde que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico de la administración competente para su tramitación, transcurrido el cual sin haberse dictado y notificado resolución, se entenderá DESESTIMADA por silencio administrativo. En la resolución constará expresamente la cuantía de la subvención concedida. Si el solicitante no acompañase toda la documentación exigida o no reuniera todos los requisitos, se le requerirá para que subsane a través del modelo normalizado "Subsanación".
Notificaciones: En el Boletín Oficial de Castilla y León. Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI.
El detenido en León contrató varias líneas de teléfono a nombre de otras personas de León y Asturias. También se investiga a su pareja
Un centenar de personas ha guardado un minuto de silencio a las puertas de la institución, donde las banderas ondean a media asta
Estados Unidos fue en 2023, el segundo mercado emisor, con 6.975 estudiantes de español, un 13,36 % del total
Presentado el catálogo de obras de artes que custodia el Parlamento regional, casi 200 obras entre pinturas, esculturas y fotografía, entre otras