Quinta edición de esta carrera solidaria
Una nueva sentencia declara ilegales las modificaciones colectivas en las condiciones de trabajo del personal de PRONISA
El TSJ de Castilla y León vuelve a dar la razón al comité de empresa
La reciente sentencia, de fecha 13 de octubre pasado, ha desestimado el recurso presentado por PRONISA sobre la sentencia del juzgado de lo social, que condenó a la empresa a reponer a sus trabajadores en las condiciones de jornada y régimen de descanso que venían disfrutando hasta enero de 2020 y que la empresa modificó "sin negociación". Las razones económicas y organizativas aducidas por PRONISA en su recurso han sido desmontadas por el Tribunal, considerando que no han sido probadas y que las modificaciones tomadas unilateralmente, que suponen según el comité de empresa, "un significativo perjuicio para los trabajadores afectados, son desproporcionadas a las causas alegadas".
Desde el Comité han transmitido que la sentencia se refiere a las modificaciones impuestas en el calendario de 2021, y que se suma a la sentencia que también ganaron en el TSJ hace un año sobre el calendario laboral de 2020. Ésta última no se ha podido ejecutar al estar pendiente el recurso de PRONISA ante el Tribunal Supremo. Los trabajadores de la Residencia Espíritu Santo, que atiende a personas con discapacidad severa, llevan 3 años continuados, desde enero de 2020, con unos calendarios laborales "impuestos que están siendo tumbados por los tribunales, pero la empresa se niega a asumir su fracaso y siguen recurriendo, hasta llegar al Tribunal Supremo, con el único objetivo de retrasar todo lo posible el cumplimiento de dichas sentencias", han explicado.
El presidente del Comité de Empresa, José Blázquez, califica esta actitud de la gerencia de PRONISA como "impropia de quienes gestionan una empresa de finalidad social y sin ánimo de lucro", y manifiesta que "los trabajadores percibimos esta actitud empresarial como prepotente y falta de la más mínima empatía hacia sus trabajadores, que se han visto perjudicados en su legítimo derecho a la conciliación de la vida familiar con la laboral. Es muy triste que quienes cuidamos y atendemos con profesionalidad y cariño a personas vulnerables, que durante lo peor de la pandemia redoblamos esfuerzos sin pedir a cambio compensación alguna, poniendo incluso en riesgo nuestra salud, nos veamos así recompensados, tratados como material inventariable, simples números".
Por último, el Comité de Empresa ha manifiestado que confían en que el Tribunal Supremo "dicte pronto sentencia sobre el anterior conflicto colectivo de 2020 y que así pueda ejecutarse por fin y volvamos a recuperar los derechos arrebatados a los trabajadores y las trabajadoras. Y, lo que es más difícil, ójala sirva para que la gerencia de PRONISA entienda que las relaciones laborales se regulan por una normativa que hay que respetar y que su capacidad de dirección no es ilimitada".